Pasaportes

Requisitos para la expedición de Pasaporte Consular.

1. Ser paraguayo natural.
2. Comparecencia personal a la sede de la Representación Diplomática (excusable en casos debidamente justificados).
3. Poseer o mencionar número de Cédula de Identidad Civil paraguaya, del pasaporte anterior u otro documento idóneo que compruebe la identidad del solicitante.
4. Ser residente en la jurisdicción de la Representación Diplomática.
5. Llenar y firmar el Formulario de Solicitud de Pasaporte.
6. No poseer antecedentes policiales.
7. Pago del arancel consular correspondiente a expedición de Pasaporte Consular USD 55 (Párrafos 66 y 78 de la Ley 4033/2010), en efectivo. No se aceptan cheques personales.

Nota: El nombre que se menciona en el Pasaporte Consular -siempre y en todos los casos- debe ser el mismo que figura en la Cédula de Identidad (y que coincide con el informe de antecedentes remitido por el Departamento de Informática de la Policía Nacional) letra por letra. El prontuario que obra en dicha institución constituye el registro oficial nacional de la identidad de las personas.

Una vez recibida la libreta de pasaportes, la Sección Consular informará al interesado, quien deberá presentarse en las Oficinas del Consulado General del Paraguay para firmar y retirar el Pasaporte. LA EXIGENCIA DE PRESENTARSE PERSONALMENTE ES OBLIGATORIA Y NO SE ENTREGARÁN LOS DOCUMENTOS A TERCERAS PERSONAS DEBIDO A ESTRICTA SEGURIDAD.

Inclusión de apellido de casada

El Departamento de Identificaciones de la Policía Nacional es la institución responsable de la identidad -por ende el nombre- de las personas, por lo que las Embajadas y Oficinas Consulares no están facultadas para incluir el apellido de casada en los pasaportes consulares.

La persona solicitante es responsable de realizar las gestiones correspondientes ante el Departamento de Identificaciones en caso que desee incluir en su nombre el apellido de casada, de tal manera a que así figure en su prontuario.

Expedición de pasaportes consulares a menores de edad

La solicitud de expedición de Pasaporte Consular a menores debe ser presentada por ambos padres. En ausencia de uno de ellos, el padre o madre del menor debe acreditar fehacientemente que cuenta con la debida autorización o facultad legal para realizar dicha gestión.

Se debe presentar además:

1. Certificado de Nacimiento del menor.

2. Copia de los Documentos de Identidad de los padres.

Observación: A partir del 1 de abril de 2010, se encuentra vigente lo establecido por el Documento 9303 de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) sobre documentos de viaje de lectura mecánica. A partir de la fecha mencionada, los Pasaportes Consulares son impresos en la sede del Ministerio de Relaciones Exteriores en Asunción y entregados a través de las Embajadas y Consulados. Los Pasaportes Consulares son válidos por un plazo de 5 años y no son renovables.

Preguntas frecuentes

¿Qué sucede cuando el que solicita el pasaporte tiene hijos menores?

El solicitante que tiene hijos menores de 18 años debe obtener el consentimiento del otro progenitor para la emisión o la renovación pasaporte del menor. Se trata de una autorización que debe ser realizada ante el funcionario público competente: funcionario consular de la jurisdicción o Juzgado de Paz en Paraguay.

¿Y si existe separación o divorcio y el otro progenitor no es ubicable o se rehúsa a firmar el consentimiento?

El Juez de la Jurisdicción de la Niñez y el Adolescente, a pedido del interesado o su tutor, autorizará con una Resolución la emisión o renovación del pasaporte. Este procedimiento no puede ser remplazado por ningún documento judicial o notarial (documento firmado ante escribano, sentencia del juez por tenencia de los hijos, etc.).

¿Se puede inscribir a los hijos en el pasaporte de los padres?

No.

¿Un menor puede obtener el pasaporte individual?

Si el solicitante es menor de 18 años siempre es necesario el consentimiento de ambos padres.

¿Qué hay que hacer en caso de pérdida del robo o del pasaporte?

En caso de pérdida o robo del pasaporte la persona podrá obtener uno nuevo presentando la correspondiente solicitud acompañada por la denuncia original hecha en la Policía regional y la presentación de la Cédula de Identidad. En el Consulado se deberá además completar una declaración sobre la pérdida o el robo del pasaporte.

SALVOCONDUCTOS

Expedición de Salvoconductos

La Sección Consular expide salvoconductos para facilitar el regreso al país de los ciudadanos paraguayos que se encuentran sin documentos de viaje, por vencimiento, pérdida, destrucción, inutilización o sustracción del mismo. El salvoconducto es solamente válido para viajar al Paraguay, en un plazo no mayor de treinta días.

Requisitos para Expedición

Presentación de pasaporte paraguayo vencido o cédula de identidad civil paraguaya. En caso de extravío, se debe presentar la constancia de la denuncia formulada ante la policía local o una declaración jurada suscripta por el titular.

Una foto tamaño del pasaporte.

El costo de expedición del salvoconducto es de US$ 30.00, en efectivo. No se aceptan cheques personales.

Salvoconductos para menores de edad

Los menores de 18 años no pueden firmar un salvoconducto. Los padres o tutores deben comparecer ante la Embajada y firmar la solicitud. En ausencia de los padres se podrá presentar un permiso del menor expedido en Paraguay o una autorización para viajar firmada por ambos padres.

Para acreditar identidad se deben presentar los siguientes documentos:

Copia de pasaporte o cédula de identidad de los padres.

Copia del certificado de nacimiento del menor.

Documento que acredite custodia legal, en caso de ausencia uno o ambos de los padres.

Formulario de Solicitud de Pasaporte Consular